El Departamento de Salud deberá:
- Implementar un sistema integrado de servicios de salud laboral y escolar, que comprenda acciones de prevención, asistencia, y rehabilitación de la salud de docentes y estudiantes, que concurren a las instituciones educativas dependientes del CPE.
- Ejecutar la política acordada en Paritaria por el CPE – UnTER, que determina un eje operativo central apoyado en la unidad escuela.
- Elaborar normativas del sistema y organizar la vinculación operativa con las coordinaciones Regionales.
- Celebrar los convenios pertinentes con otras áreas de gobierno, con las que deba articular.
- Ejecutar todos los convenios que sean necesarios para la articulación de los distintos de servicios de la atención de la salud, higiene y seguridad de los establecimientos educativos y la protección de estudiantes y docentes frente a riesgos.
- Desarrollar un programa científico de investigación, el que se podrá realizar a través de convenios con instituciones como: Universidades Nacionales y Centros de investigación del País y/o la región de carácter público, o sindicales docentes (CTERA y Sindicatos de la Región Latinoamericana y redes a las que pertenece).
- Asegurar la construcción y una base de datos, compatible con la de otros centros nacionales de estadística, sanitaria y educativa que dispondrá de un área informática común a las dos divisiones que la integran.
- Coordinar con los servicios hospitalarios y centros de salud regionales, acciones que garanticen la integración entre salud-educación y trabajo docente, en todos los programas vigentes, la legislación correspondiente y las acciones específicas de cada entidad responsable.
- Construir una base de datos informatizada para efectuar estudios epidemiológicos de salud en las escuelas en forma permanente.
Antecedentes
- Misiones y funciones establecidas en Resolución 2364/00 del CPE
- Departamento de salud en la escuela cuadernillo. La Escuela En Marcha, Año XIV. Departamento de Salud en la Escuela. Nº 1, enero 2007.