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Enfermedades y accidentes de trabajo

Enfermedades relacionadas con el trabajo

Enfermedades potenciadas, desencadenadas, agravadas o aceleradas por las exposiciones ocupacionales y condiciones de trabajo: La ART las rechaza como afección laboral aduciendo “enfermedad crónica” o “enfermedad pre existente”. Para el caso que el trabajador o la trabajadora pueda acreditar una causa directa con el ambiente laboral debe reclamar, primero ante la ART: mediante denuncia de accidente o enfermedad laboral y, para el caso de rechazo, recurrir ante la Comisión Médica, dependiente de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. En caso de la Comisión médica rechace, deberá tramitarse una causa judicial contra la ART.

Accidente de Trabajo

Se considera accidente de trabajo a todo acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del/a trabajador/a y el lugar de trabajo. Accidentes sufridos por el/la trabajador/a en circunstancias de encontrarse trabajando y que tengan una relación con la tarea desempeñada. Como por ejemplo: Para el caso de sufrir un accidente de trabajo o un accidente en el trayecto, el/la trabajador/a debe hacer la correspondiente denuncia a la ART para que otorgue las prestaciones y comience a correr la licencia laboral por accidente de trabajo.

Enfermedad laboral

Son aquellas dolencias y afecciones causadas directa y exclusivamente por un agente de riesgo propio del medio ambiente de trabajo. Para que la ART reconozca que la enfermedad tiene carácter laboral deben darse las siguientes circunstancias: Agente de riesgo; Condiciones de exposición; desencadenarse la enfermedad; relación de causalidad entre la exposición al riesgo y la enfermedad; y la enfermedad que denunciamos debe estar enunciada en el listado de enfermedades profesionales para el trabajo que desempeña el agente. 

Enfermedades reconocidas en el trabajo docente según Decreto N° 658/96  son

Hepatitis por virus A :

Hantavirus:

Disfonía:

Nódulos en las cuerdas vocales:

Introducción: Nuevas enfermedades listadas por  Decreto N° 49/14

Sistema de la Ley de Riegos del Trabajo

La Ley N° 24.557 crea un sistema para prevenir y proceder ante accidentes y enfermedades laborales. La ley obliga a todos los empleadores a contratar una Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART. Asimismo la Ley creó un órgano de control del sistema. Son las Comisiones Médicas que, dependen de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, SRT, y deben velar por el buen funcionamiento del sistema.

Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, ART

Cuando se desencadena un accidente de trabajo o enfermedad profesional, el trabajador o trabajadora tiene la obligación de denunciarlo ante su ART. La ART contratada por el Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro es “Horizonte compañía argentina de seguros generales”

Para controlar que estas empresas privadas cumplan eficazmente con sus obligaciones de prevenir; atender e indemnizar los daños causados por los accidentes y enfermedades profesionales; la LRT creó las Comisiónes Médicas.

Trámites ante la Comisión Médica por divergencias

En caso de divergencias, trabajadores pueden recurrir a las Comsiones Médicas. Allí hay Plazos y Formularios que deberá presentar el trabajador afectado para solicitar la intervención.

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