El fallo de la Corte Suprema legitima el ejercicio de libertad sindical

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia respecto del ejercicio de la libertad sindical implica, por su coherencia, en un avance en la legitimación de una práctica acorde al compromiso asumido por nuestro país cuando suscribió al Convenio 87 de la OIT y le dio rango constitucional, en 1994.

Siempre es positivo cuando se administra justicia a favor de la democratización de las organizaciones, y toman mayor fuerza cuando se trata de los derechos de la sindicalización, ampliando la posibilidad de que los trabajadores se agremien como lo deseen, de elegir y ser elegidos/as y que por esta opción no sean objeto de persecución o despidos de parte de la patronal.

En Río Negro, este fallo toma especial relevancia en un momento en el cual, desde el gobierno se violan los acuerdos paritarios tal como lo hizo el Ministro Barbeito, con el aval de Saiz, desvirtuando los espacios de negociación colectiva.

De la misma manera, hace oídos sordos a los legítimos reclamos de los trabajadores de ATE, sin embargo, articula con Juan Carlos Scalesi, en su rol bipolar de Diputado Radical y Secretario General de la UPCN, para definir, en el marco de la Función Pública, que no habrá aumento para empleados/as públicos de este gremio en el segundo semestre, y que la provincia no adherirá al aumento de las asignaciones familiares otorgado por nación. Este tipo de acuerdo, pretende transformarse en una barrera infranqueable para los reclamos salariales del conjunto privilegiando mezquinos intereses individuales.

Martes, 12 de noviembre de 2008.

Pedro Bichara, Secretario de Prensa

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