Se ha dictado en el ámbito educativo – CPE-la Resolución N° 1930/15 que establece a partir de la presente que el Certificado de APTITUD PSICO-FISICA será exigido como condición” sine quanom” para el/la aspirante con título docente, habilitante, supletorio e idóneo que desee ejercer en la docencia activa.
Mediante el documento adjunto se realiza un análisis histórico del significado del intento de incorporar también el pedido de Certificado de Antecedentes.
31/05/15